Revisión anual con “paguita” y no cada cinco años.
Si nadie ni nada lo remedia, la aprobación, tal cual, de la ley de reforma del sistema público de pensiones introducirá un nuevo método para establecer la revalorización anual de las pensiones públicas que, aunque en teoría asegura el mantenimiento de su poder adquisitivo, en la práctica puede ser una catástrofe para los pensionistas.
En síntesis, consiste en:
- Aumentar anualmente las pensiones en enero con el IPC medio de los doce meses anteriores de noviembre a noviembre (IPC medio: suma del IPC de los doce meses dividido entre 12. Se calcula en 2,6% para el periodo noviembre 2020 a noviembre 2021, mientras que el concreto de este noviembre no descenderá de 5,4%).
- Aplicar esta medida durante cinco años. Para, en ese momento, “evaluar” cómo ha funcionado y proponer las medidas correctoras que se Sin compromiso de recuperar, si fuera el caso de pérdida a los cinco años, la capacidad adquisitiva de las pensiones.
- Si el IPC medio anterior es negativo, no se incrementarán las pensiones para el año siguiente, pero tampoco se bajarán.
- No habrá corrección anual con la “paguilla” que compensaba la posible pérdida de capacidad adquisitiva si el IPC aplicado en enero era inferior al IPC de noviembre
¿Qué se aplicaba hasta ahora?
Hasta el año 2013 y entre los años 2018 y 2021 (entre medias queda el infausto 0,25% de Rajoy) se incrementaban las pensiones en enero según la previsión del ejecutivo y a principios del año siguiente se recuperaba la desviación entre el IPC previsto y el del mes de noviembre mediante la “paguilla”, la cual se incluía, a su vez, en la base de las pensiones. Este sistema sí aseguraba totalmente el mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones y es el más ventajoso para los pensionistas. Incluso, a veces, permitía recuperar poder adquisitivo cuando el IPC pre- visto era superior al de noviembre.
¿Qué pasará ahora cuando esté en vigor la nueva ley?
Primero. Depende cómo se inicie el nuevo método. Si se aplica tal cual, como no hay previsión de “paguilla” en la nueva Ley, el incremento será en enero del 2022 del 2,6%. Y perderemos la diferencia entre el IPC previsto para el año 2021, el 0,9%, y el de noviembre de 2021, que no bajará del 5,4%, es decir, perderemos 4,5% de poder adquisitivo. Para que no suceda esto, debería el gobierno aplicar al año 2021 el método anterior, es decir, añadir a la base de las pensiones un 4,5% que se abonaría en febrero e incrementar las pensiones para el año 2022 con el IPC medio de 2021, un 2,6. Todo lo demás es devaluar las pensiones.
Segundo. Al no estar contemplada la recuperación anual entre el IPC previsto (que es el IPC medio del año anterior) y el real y solo “evaluar” el método a los cinco años, bien podría pasar que las pensiones pierdan poder adquisitivo todos los años (aunque en menor medida que este año concreto de 2021) y no “recuperarse” hasta los cinco años y siempre que así se acordara de nuevo en el Congreso, no por obligación.
Tercero. El Estado consigue así un cierto ahorro (difícil de calcular, pero importante) en el importe global de las pensiones del siguiente modo. Una pensionista puede fallecer durante el periodo de los cinco años y “perder” las revalorizaciones que antes se efectuaban anual- mente. Además, al “evaluarse” la posible desviación del IPC en cinco años lleva a la “compensación” de años de IPC medios negativos con los positivos, perdiendo el efecto beneficioso cuando se produzca un IPC aplicado en enero (IPC medio anterior) superior al IPC del año en curso.
Desde COESPE consideramos que el sistema anterior a esta Ley, ya explicado, es el más transparente y ventajoso para los y las pensionistas. El nuevo método no garantiza en el momento de su implantación el mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones y plantea incertidumbres más que razonables sobre sus efectos en años posteriores fundamentalmente porque aplaza a cinco años la posible revisión y ni siquiera asegura la recuperación del poder adquisitivo.
Requerimos a los y las diputadas que próximamente pretenden aprobarlo para que valoren esta situación y, al igual que han considerado nuestra reivindicación de auditar las cuentas de la S/S, corrijan, enmienden o reformen la Ley futura en el apartado de revalorización de las pensiones. Nosotros y todo el movimiento pensionista tomaremos nota de su actuación y les reclamaremos siempre el mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones.
GOBIERNE QUIEN GOBIERNE, LAS PENSIONES PÚBLICAS SE DEFIENDEN
23 noviembre de 2021 Comisión de Legal de COESPE
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