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México despenaliza el aborto y apuesta por la autonomía de la mujer para decidir

Los tribunales podrán seguir juzgando a mujeres, aunque los procesos judiciales impedirán su entrada en prisión. De los 32 Estados del país, solo cuatro de ellos tienen una ley de plazos que permite interrumpir el embarazo antes de las 12 semanas

“A partir de ahora no se podrá procesar a mujer alguna que aborte en los supuestos considerados por este tribunal”, señalaba el presidente de la Corte, Arturo Zaldívar. Así lo ha indicado la Suprema Corte de México tras despenalizar el aborto en una decisión que ya es histórica y votada por unanimidad de los ministros en pleno. Asimismo, señalaba que: “Se trata de una nueva ruta de libertad, claridad, dignidad y respeto y un gran paso en la lucha histórica por la igualdad y el ejercicio de sus derechos”.

De esta manera, la justicia mexicana se abre paso en un camino para aplicar la interrupción voluntaria del embarazo, una práctica desigual en todo el país donde solo cuatro de los 32 Estados han legislado una ley de plazos. En el resto, se rigen por normas restrictivas que apenas contemplan los riesgos para la madre, las malformaciones del feto y los casos de violación como causas no punibles para abortar.

El país ha ido muy rezagado en la regulación de la interrupción del embarazo que, al mismo tiempo, se ha resolviendo con parches a través de decisiones judiciales en el tiempo, con las que se fueron declarando inconstitucionales algunas normativas regionales. Las mujeres y “personas gestantes”, como se han referido a ellas los jueces en sus votos, ya no podrán ser castigadas penalmente en ningún momento por abortar en México. “El Tribunal demuestra así, con hechos y sentencias, que su único compromiso es con la Constitución y con los Derechos Humanos”, afirmaba Zaldívar.

Los ministros de la Corte han debatido durante algunos días acciones de inconstitucionalidad que llegaban desde los Estados de Sinaloa y Coahuila, zonas muy severas del país con la interrupción del embarazo incluso hasta penalizar con cárcel de uno a tres años y proteger la existencia de la vida desde el mismo momento de la concepción a través de una norma prácticamente impermeable.

La decisión que ha tomado la Corte se basa en la autonomía de la mujer para decidir sobre la maternidad y su cuerpo, más allá de la vida prenatal. “Hablar de una idea de la vida sobrepasa el derecho y un Tribunal Constitucional no puede sustentar sus decisiones en apreciaciones particulares y subjetivas, sino universales”, ha dicho la ministra Margarita Ríos Farjat. Y ha añadido: “El asidero del derecho penal para sancionar no es potestad del legislador sino de los Derechos Humanos, lo demás son sofismos que obnubilan el problema de las mujeres. De lo que deben hacerse cargo los Estados es de garantizar la salud pública y la seguridad”.

¿Qué va a ocurrir en el resto de Estados? Dependerá de la voluntad de cada territorio, es decir, de los diputados y de redactar nuevas leyes a la luz de la decisión de la Corte. De esta manera, podrán seguir llevando a las mujeres que aborten fuera de la ley ante un tribunal, pero el proceso judicial no permitirá que entren en la cárcel. Asimismo, uno de los grandes beneficios que ha traído consigo la despenalización del aborto es: las mujeres y quienes las ayudaron a abortar podrán salir de la cárcel.

Los grupos activos de mujeres han celebrado la tan ansiada proclamación de esta nueva normativa. Así lo han expresado organizaciones como Gire, que sostiene una lucha de décadas por esta causa y mostraba su alegría por la decisión judicial anunciada esta misma semana. Aun así, afirman que todavía queda mucho por andar para conseguir la igualdad que todas y todos merecen.

 

Artículo: María Vecina / AFPRESS

Fotografías: Francisco Guasco / EFE y BBC News Mundo