El Ayuntamiento de Elda señaliza los pasillos de los mercados municipales para que los clientes mantengan la distancia de seguridad
La Concejalía de Comercio y Mercados también ha incorporado vigilantes de seguridad privada para garantizar que los accesos y las compras se realizan cumpliendo las normas establecidas en el decreto de estado de alarma
El Ayuntamiento de Elda, a través de la Concejalía de Comercio y Mercados, ha señalizado todos los pasillos del Mercado Central y del Mercado de San Francisco, con el objetivo de que los clientes mantengan la distancia de seguridad mientras hacen cola en los puestos para hacer sus compras. La distancia debe guardarse tanto con el resto de clientes como con los vendedores.
Además, se han incorporado guardias de seguridad privada que se encargan desde hoy mismo de controlar el acceso a los dos mercados municipales con el objetivo de que no haya aglomeraciones de personas y que las compras se realicen de manera individual, cumpliendo así las normas recogidas en el decreto del Gobierno central que declara el estado de alarma.
Sarah López, concejala de Comercio y Mercados, ha asegurado que “estas medidas se toman para garantizar el cumplimiento de las normas y para asegurar la salud, tanto de los clientes como de los vendedores. Creemos que tanto el pequeño comercio como los mercados municipales reúnen todos los requisitos para que los ciudadanos y ciudadanas de Elda realicen sus compras sin necesidad de desplazarse en coche”.
Desde la Concejalía de Comercio y Mercados se recuerda que, aunque la actividad de los mercadillos está suspendida, los dos mercados municipales siguen funcionando con normalidad y ofreciendo alimentos y productos de primera necesidad a todos sus clientes en los horarios habituales:
- Lunes: de 8 a 14 horas.
- Martes: de 7 a 14 horas.
- Miércoles: de 8 a 14 horas.
- Jueves: de 8 a 14 horas.
- Viernes: de 7 a 14,30 horas y de 17 a 20 horas
- Sábado: de 7 a 14,30 horas.
A efectos de la declaración del estado de alarma, los establecimientos que pueden abrir según consta en el artículo 10 del RD 463/2020 son: establecimientos de venta alimentaria (panaderías, fruterías, verdulerías, carnicerías, pescaderías, supermercados e hipermercados, de bebidas), farmacias, ópticas, productos ortopédicos, productos higiénicos, prensa y papelería, combustible para la automoción, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compañía, comercio por internet, telefónico o por correspondencia, tintorerías y lavanderías.
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